Ayudas y subvenciones
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Ayudas y subvenciones para placas solares en Valdemoro

En Valdemoro, el consumo de energía eléctrica ronda los 65.000 MWh al año, esto equivale a un consumo medio de alrededor de 3.200 kWh por hogar al año. En promedio, la ciudad disfruta de alrededor de 2.600 horas de sol al año, un escenario ideal para comenzar a ahorrar y convertir tu casa en un hogar sostenible. Si estás valorando pasarte al autoconsumo, conoce algunas subvenciones del programa Next Generation de la Unión Europea, que te ayudarán a rentabilizar tu instalación fotovoltaica rápidamente. ¡Vamos a ello!
Ayudas y subvenciones para placas solares en Valdemoro

Revisado 30 de agosto 2023

¿Cómo se gestionan las ayudas para instalar paneles solares de los Fondos Europeos Next-Generation?

El autoconsumo de energía renovable reduce las emisiones de gases de efecto invernadero, lo que ayuda a mitigar el cambio climático.

Los fondos Next Generation de la Unión Europea están impulsando un programa de subvenciones para el fomento del autoconsumo energético. La Comunidad de Madrid es la encargada de gestionar la transferencia de estos fondos, que otorgan bonificaciones de hasta 600 euros por kWp instalado para solar en residencial y 490 euros por kWh en baterías. 

Además, el Gobierno ha establecido ayudas adicionales para municipios de hasta 5.000 habitantes a través del Real Decreto RD 477/2021, que busca incentivar el autoconsumo energético en zonas rurales y con retos demográficos.

El presupuesto inicial para esta iniciativa es de 660 millones de euros, aunque podría aumentar por parte de otras administraciones. Las ayudas se conceden por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos, y las solicitudes se pueden realizar durante todo el año 2023. 

Requisitos para solicitar la Bonificación del IBI en Valdemoro

En Valdemoro, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio. Sin embargo, se puede obtener una bonificación en la cuota íntegra del impuesto si se incorporan sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo en los inmuebles correspondientes. Para ello, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Las instalaciones de aplicación de calor deben contar con colectores que dispongan de la homologación correspondiente por la Administración competente.
  • Se debe contar con las solicitudes y concesiones previas de las correspondientes licencias urbanísticas para su instalación, y esta debe estar ejecutada.
  • No debe existir ninguna obligación de instalación por ninguna normativa urbanística o de cualquier otra naturaleza vigente en el momento de la concesión de la licencia de obras/instalación.
  • Los sistemas de aprovechamiento térmico de la energía solar para producción de ACS deben cumplir los requisitos exigidos por el CTE.
  • Los sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar deben cumplir los requisitos exigidos por el CTE y contar con la Puesta en Marcha sellada por cualquiera de las EICI autorizadas de la Comunidad de Madrid o por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, según corresponda.
  • La bonificación será del 30% de la cuota íntegra del impuesto si la instalación de aprovechamiento solar cubre hasta el 50% del consumo eléctrico o de ACS, y del 50% de la cuota íntegra del impuesto si la instalación de aprovechamiento solar cubre más del 50% del consumo eléctrico o de ACS. En el caso de la instalación de ambas (aprovechamiento térmico y eléctrico), se aplicará el correspondiente al de menor aprovechamiento. Además, se establece que se aplicará la cantidad más baja en cuanto al costo de la instalación.

Esta bonificación se podrá aplicar durante los diez ejercicios fiscales siguientes a la finalización de las obras/instalaciones necesarias para incorporar los mencionados sistemas de aprovechamiento solar al inmueble.

Pero no te preocupes, en Samara podemos ayudarte a gestionar todo el proceso y te acompañamos con nuestros asesores energéticos. ¡Ponte en contacto con nosotros y te informaremos de todas las opciones disponibles!

Tipos de deducción sobre el IRPF

El Decreto Ley RDL 19/2021 establece tres formas principales de deducción de IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) sobre el coste de la instalación de paneles solares.

  1. La primera permite una deducción de hasta el 20% del precio de la instalación, siempre y cuando se demuestre que se ha logrado reducir al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración en la vivienda. Además, la base máxima sobre la que se puede aplicar la deducción en esta modalidad es de 5.000 euros anuales.
  1. La segunda se aplica cuando la instalación de paneles solares contribuye a reducir al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable o la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. En este caso, se puede lograr una deducción de hasta un 40% del precio de la instalación, con una base máxima de 7.500 euros anuales.
  1. Por último, si se trata de reformas en edificios completos de uso residencial, se puede conseguir una deducción de hasta un 60% del precio de la instalación, siempre que se cumplan las mismas condiciones que en la modalidad anterior. 

La base máxima deducible en esta modalidad es de 15.000 euros anuales. Este porcentaje está condicionado a la mejora energética de la vivienda después de la instalación y requiere de un certificado de eficiencia energética antes y después de la instalación.


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